Firma electrónica (Preguntas Frecuentes)
¿Puedo firmar todo tipo de documentos en Muy Simple?
Sí, puedes firmar todo tipo de documentos con Firma Electrónica Avanzada y Firma Electrónica Simple, salvo aquellos que por Ley exijan otra formalidad, los cuales puedes revisar en la lista de “Documentos que no se pueden firmar en Muysimple.cl”. Para firmar tu documento, debe estar guardado en formato PDF, y tienes que cargarlo en la opción de “Subir un Documento para Firmar”.
Además, te ofrecemos un grupo de modelos de contratos y documentos legales usados o solicitados con mayor frecuencia, para rellenar con los datos que correspondan a tu caso. Estos modelos han sido creados por abogados y puedes acceder a ellos en la opción «Descargar el documento sin firmarlo» en la sección de «MuySimple Express«.
¿Quién certifica las firmas electrónicas de Muysimple.cl?
Las firmas electrónicas de nuestro portal no son certificadas por Muysimple.cl, sino por una empresa certificadora digital, acreditada ante la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño para emitir firma electrónica avanzada.
¿Requieren autorización notarial las Declaraciones Juradas?
Las declaraciones juradas que se presentan a los servicios públicos no requieren ser notariales, como lo señala el 4º de la Ley N.º 18.181, publicada el 26.11.1982:
“Los documentos privados que contengan declaraciones unilaterales juradas, declaraciones de supervivencia o actos similares, que deban presentarse ante las autoridades administrativas de cualquier especie, sólo requerirán de la individualización y firma de la persona o personas que intervengan en ellos, con indicación del número de la cédula de identidad, sin que sea necesaria autorización notarial”.
En caso que un servicio público pida igualmente documentos notariados, debe hacerse presente la ley señalada, ya que se está exigiendo algo contrario a la ley.
Ya fue firmado el documento, ¿Lo puedo corregir?
No es posible. Una vez firmado el documento, ya sea por ti o por alguno de los firmantes, el cliente ya dio uso al servicio, por lo que, si requieres modificar el documento, reemplazarlo, agregar o quitar un firmante, o cualquier otro que implique cambios al documento ya firmado por alguna de las partes, deberás pagar nuevamente el valor de la o las firmas utilizadas, ya que se considera como aceptado por el cliente, y se entenderá como un documento nuevo, distinto del anterior. Las firmas no utilizadas serán devueltas en forma de cupón, o bien, puedes solicitar la devolución del dinero por las firmas no usadas.
¿Cuántos documentos puedo firmar? ¿Existe un límite de intentos de firma por persona?
No hay un límite establecido para Firma Simple, pero dispones sólo de 3 documentos e intentos de Firma Avanzada diarios, por lo que, si presentas algún error o problema en tu primer intento, te recomendamos escribirnos al chat para darte una solución.
¿Cuál es la diferencia entre firma simple y avanzada?
De acuerdo a la ley 19.799, existen dos tipos de firma digital: firma electrónica simple y firma electrónica avanzada. La firma simple tiene el valor probatorio de instrumento privado, y la firma avanzada, de instrumento público.
La firma simple es equivalente a un documento que es firmado en forma manuscrita, y la firma avanzada equivalente en términos probatorios a un documento cuya firma fue autorizada ante notario.
¿Cuál es la validez jurídica de los documentos firmados con firma electrónica?
Los documentos que se generan en nuestra plataforma tienen plena validez jurídica, otorgada por la Ley Nº19.799, sobre documentos electrónicos y firma electrónica, y en particular sus artículos 3 y 5.
¿Se pueden constituir sociedades con firma electrónica?
No, solo la sociedad colectiva civil, que no tiene personalidad jurídica propia. Es posible crear sociedades online, a través de la página del Ministerio de Economía de Empresa en un Día.
¿Debo tener mi firma electrónica propia?
No es necesario, porque la misma plataforma permite que se cree el certificado digital para la firma del documento. Está incluido en el costo del documento.
Antes de pagar el documento, se ingresa el correo de las demás personas que deben firmar, y les llega un correo con el link para la firma.
¿La firma electrónica es lo mismo que la firma ante notario?
No son lo mismo, no obstante, salvo excepciones señaladas expresamente por la ley (tales como compraventa de inmuebles, compraventa de vehículos y autorizaciones para salir del país para menores), los documentos con firma electrónica avanzada tienen el mismo valor legal, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N.º 19.799.
¿Tienen fecha válida legalmente los documentos firmados en la plataforma?
Sí, los documentos electrónicos de Muysimple.cl, con firma electrónica avanzada, tienen fechado electrónico otorgado por un prestador acreditado por la Subsecretaría de Economía. Este Sello de Tiempo le otorga valor de instrumento público a la fecha del documento electrónico, siendo Muysimple.cl la primera empresa que ofrece dicho servicio al público. De acuerdo a la ley 19.799, existen dos tipos de firma digital: firma electrónica y firma electrónica avanzada. La firma simple tiene el valor probatorio de instrumento privado, y la firma avanzada, de instrumento público. La firma simple es equivalente a un documento que es firmado en forma manuscrita, y la firma avanzada equivalente en términos probatorios a un documento cuya firma fue autorizada ante notario. Las instituciones públicas no pueden, ni deben, rechazar este tipo de documentos, de acuerdo a la legislación vigente.
¿Qué significa firmar a través de un testigo?
Si tienes tu cédula de identidad vencida y deseas firmar con FIRMA SIMPLE, el proceso de firmar con un testigo permite validar tu identidad por medio de un tercero de tu confianza, quien mediante su cédula de identidad vigente dará fe de tu identidad.
Para ello, es necesario que contactes a esta persona y le pidas un correo electrónico, al cual enviaremos un link con el procedimiento que debe seguir. Te sugerimos permanecer en contacto con tu testigo durante el proceso de firma.
Los requisitos que debe cumplir tu testigo son los siguientes:
- Correo personal del testigo
- Cédula de identidad Chilena vigente
¿Cómo se desarrolla el proceso de firma?
- Una vez que pagas el documento, se envía un correo electrónico desde noreply@muysimple.cl a todos los firmantes del documento, con un enlace para que firmen electrónicamente.
- Los firmantes solo necesitan seguir los pasos indicados en el correo, y no deberán pagar adicionalmente.
- Recuerda que no es necesario imprimir ni firmar físicamente.
- Una vez firmado el documento, recibirás un correo de confirmación con el documento. Además, quien lo creó o subió puede firmarlo y descargarlo desde su cuenta, buscándolo en “Mis documentos”.
Si uno de los firmantes no se encuentra en Chile, ¿Puede firmar estando en el extranjero?
Así es. MuySimple.cl te da la oportunidad de eliminar las distancias, por lo que puedes firmar desde cualquier parte del mundo, siempre que tengas tu Cédula de Identidad Chilena vigente (y Clave Única para Firma avanzada).
¿Es seguro firmar un contrato de arriendo electrónicamente?
La seguridad de firmar un contrato de arriendo en línea depende de la plataforma que se utiliza y del tipo de firma electrónica que se aplica. En general, firmar un contrato de arriendo online puede ser tan seguro como hacerlo en papel, siempre que se tomen las medidas de precaución adecuadas.
Uno de los factores más importantes es asegurarte de que el prestador de la firma sea reconocido. En MuySimple.cl, para firma avanzada, trabajamos con una certificadora (BPO Advisors) digital autorizada y acreditada por el Ministerio de Economía. Para nuestra firma simple (que no requiere acreditación) trabajamos con Certificadora del Sur, la cual está en proceso de acreditación. Ambas cumplen con los estándares de seguridad y legislación vigente en Chile. La Ley N° 19.799 sobre Firma Electrónica establece los requisitos que deben cumplir las plataformas y las firmas electrónicas para ser válidas. Adicionalmente, nuestros documentos son válidos para los procedimientos judiciales, tal como establece la Ley 20.886, por lo que en caso de que requieras iniciar algún procedimiento judicial, los documentos firmados electrónicamente tendrán el mismo efecto que los firmados en soporte papel.