Documentos
¿Puedo firmar todo tipo de documentos en Muy Simple?
Sí, puedes firmar todo tipo de documentos con Firma Electrónica Avanzada y Firma Electrónica Simple, salvo aquellos que por Ley exijan otra formalidad, los cuales puedes revisar en la lista de “Documentos que no se pueden firmar en Muysimple.cl”. Para firmar tu documento, debe estar guardado en formato PDF, y tienes que cargarlo en la opción de “Subir un Documento para Firmar”.
Además, te ofrecemos un grupo de modelos de contratos y documentos legales usados o solicitados con mayor frecuencia, para rellenar con los datos que correspondan a tu caso. Estos modelos han sido creados por abogados y puedes acceder a ellos en la opción «Descargar el documento sin firmarlo» en la sección de «MuySimple Express«.
¿Muy Simple almacena los documentos firmados?
Sí, se almacenan para los clientes durante un plazo de 1 años. Para lapsos superiores, debe contratarse un plan especial de almacenamiento.
¿Cuál es el costo del servicio?
Los documentos tienen un costo según el tipo de firma, si es Firma Electrónica Simple ($6990 c/u) o Firma Electrónica Avanzada ($9990 c/u), y luego aumenta con cada firmante adicional. Puedes encontrar el valor en cada documento. El almacenamiento de los documentos firmados, con los límites y plazos básicos, no tienen costo adicional. Las consultas en el chat no tienen costo.
¿Puedo guardar copias de los documentos firmados?, ¿debo imprimirlos?
Sí, puedes guardar en tu computador cuantas copias desees de los documentos firmados, la plataforma lo permite. No es necesario que los imprimas, puesto que el original es el mismo Documento Electrónico con Firma Electrónica.
Si soy extranjero, ¿puedo usar Muy Simple?
Si puedes, siempre que cuentes con Cédula de Identidad Chilena vigente
Para la opción de firma electrónica avanzada debes también contar con clave única, y tener suficiente información en los registros comerciales (Equifax) para generar las preguntas secretas de seguridad que hace el sistema automáticamente.
¿Requieren autorización notarial las Declaraciones Juradas?
Las declaraciones juradas que se presentan a los servicios públicos no requieren ser notariales, como lo señala el 4º de la Ley N.º 18.181, publicada el 26.11.1982:
“Los documentos privados que contengan declaraciones unilaterales juradas, declaraciones de supervivencia o actos similares, que deban presentarse ante las autoridades administrativas de cualquier especie, sólo requerirán de la individualización y firma de la persona o personas que intervengan en ellos, con indicación del número de la cédula de identidad, sin que sea necesaria autorización notarial”.
En caso que un servicio público pida igualmente documentos notariados, debe hacerse presente la ley señalada, ya que se está exigiendo algo contrario a la ley.
Ya fue firmado el documento, ¿Lo puedo corregir?
No es posible. Una vez firmado el documento, ya sea por ti o por alguno de los firmantes, el cliente ya dio uso al servicio, por lo que, si requieres modificar el documento, reemplazarlo, agregar o quitar un firmante, o cualquier otro que implique cambios al documento ya firmado por alguna de las partes, deberás pagar nuevamente el valor de la o las firmas utilizadas, ya que se considera como aceptado por el cliente, y se entenderá como un documento nuevo, distinto del anterior. Las firmas no utilizadas serán devueltas en forma de cupón, o bien, puedes solicitar la devolución del dinero por las firmas no usadas.
¿Cuántos documentos puedo firmar? ¿Existe un límite de intentos de firma por persona?
No hay un límite establecido para Firma Simple, pero dispones sólo de 3 documentos e intentos de Firma Avanzada diarios, por lo que, si presentas algún error o problema en tu primer intento, te recomendamos escribirnos al chat para darte una solución.